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21 DE JULIO 2010 








 

 
Decreto de Alcaldía Nº 014-2010-MDSM

21 DE JULIO 2010

Precisan beneficio de condonación y prorrogan beneficios tributario y no tributario establecidos en la Ordenanza Nº 197-MDSM en la Municipalidad de San Miguel

 

Cabe recordar que a través  del numeral 2.1.2 del artículo 2º de la Ordenanza Nº 197-MDSM se aprobó el beneficio de regularización tributaria y no tributaria en el distrito de San Miguel; respecto del impuesto predial y los arbitrios, por otro lado, se otorgó al alcalde la facultad de dictar disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida resolución.

 

Conforme a lo expuesto, mediante la presente norma se precisa que la condonación a que se refiere el numeral 2.1.2 del artículo 2º de la ordenanza Nº 197-MDSM comprende inclusive la condonación del 50% del monto insoluto de los arbitrios municipales por las deudas provenientes del período 2002 al 2005, mediante pago al contado de la deuda total.

 

Asimismo se prorroga el Beneficio Tributario y No Tributario, establecido en la Ordenanza Nº 197-MDSM hasta el 31 de julio de 2010.

 

La presente norma entrará en vigencia a partir de mañana 22 de julio de 2010.


 
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