Decreto de Alcaldía Nº 014-2010-MDSM 21 DE JULIO 2010 |
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Precisan beneficio de condonación y prorrogan beneficios tributario y no tributario establecidos en la Ordenanza Nº 197-MDSM en la Municipalidad de San Miguel
Cabe recordar que a través del numeral 2.1.2 del artículo 2º de la Ordenanza Nº 197-MDSM se aprobó el beneficio de regularización tributaria y no tributaria en el distrito de San Miguel; respecto del impuesto predial y los arbitrios, por otro lado, se otorgó al alcalde la facultad de dictar disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida resolución.
Conforme a lo expuesto, mediante la presente norma se precisa que la condonación a que se refiere el numeral 2.1.2 del artículo 2º de la ordenanza Nº 197-MDSM comprende inclusive la condonación del 50% del monto insoluto de los arbitrios municipales por las deudas provenientes del período 2002 al 2005, mediante pago al contado de la deuda total.
Asimismo se prorroga el Beneficio Tributario y No Tributario, establecido en la Ordenanza Nº 197-MDSM hasta el 31 de julio de 2010.
La presente norma entrará en vigencia a partir de mañana 22 de julio de 2010. |